
Responsable profesional: Pablo Morán Cruz
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Qué pensiones pueden dar acceso al complemento
El régimen introducido el 4 de febrero de 2021 se refiere a pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente y viudedad cuando concurren los requisitos. La existencia de uno o más hijos permite examinar el derecho, pero no sustituye la comprobación de la pensión y de las restantes condiciones. El complemento no es una ayuda general por tener descendientes.
La jubilación parcial tiene una exclusión específica; debe revisarse el acceso posterior a la jubilación plena. También existen reglas para pensiones coordinadas con otros países y para concurrencia de regímenes. Quien pertenece a Clases Pasivas necesita un análisis de su normativa propia, sin trasladar automáticamente a su expediente todas las condiciones del régimen general de la Seguridad Social.
Hombres: la doctrina europea y del Supremo de 2025
El TJUE, en sentencia de 15 de mayo de 2025, asuntos acumulados C-623/23 y C-626/23, declaró discriminatoria la exigencia a los hombres de condiciones adicionales para acceder al complemento. El Tribunal Supremo aplicó esa doctrina en su sentencia 639/2025, de 25 de junio: el complemento debe reconocerse a los varones en las mismas condiciones que a las mujeres.
Por tanto, una solicitud no debe descartarse por ser hombre o por no acreditar la interrupción profesional que exigía esa diferencia de trato. La lectura literal del artículo 60 debe ponerse en relación con la jurisprudencia aplicable. Esa igualdad no significa reconocimiento automático: siguen siendo necesarios la pensión protegida, los hijos computables y el examen de las demás reglas del complemento.
Hijos y concurrencia entre progenitores
Se comprueban los hijos nacidos con vida o adoptados antes del hecho causante. La cuantía tiene un límite referido a cuatro hijos. También se revisan, cuando resulten relevantes, las exclusiones legales relacionadas con privación de patria potestad o condenas en los supuestos previstos.
El nuevo complemento no permite asumir cobro simultáneo por ambos progenitores respecto de los mismos hijos. Si ambos lo solicitan o uno ya lo cobra, la información oficial atribuye el derecho a quien percibe pensiones públicas computables de menor cuantía, con regla específica de desempate. El reconocimiento puede extinguir el del otro progenitor y exige audiencia; el TJUE admite esa consecuencia al aplicar la igualdad.
No confundirlo con el antiguo complemento de maternidad
Para pensiones causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 puede resultar aplicable el anterior complemento por aportación demográfica. Sus condiciones y sistema de cálculo son diferentes. No deben intercambiarse porcentajes, exigencias de hijos o reglas de concurrencia con el complemento para reducir la brecha de género vigente desde febrero de 2021.
La fecha de solicitud no determina por sí sola cuál de los dos regímenes corresponde: hay que examinar cuándo se causó la pensión y las circunstancias del expediente. Si un progenitor percibe el antiguo complemento y el otro solicita el nuevo, existen reglas transitorias específicas. Comparar únicamente el nombre utilizado en un extracto bancario puede llevar a conclusiones equivocadas.
Solicitud, cuantía y efectos económicos
Puede pedirse el complemento al solicitar la pensión o revisarse su falta de reconocimiento en una pensión ya concedida, según la situación procedimental. La petición identifica hijos, pensión y régimen aplicable, y aporta los documentos requeridos. Las resoluciones del otro progenitor son relevantes para estudiar concurrencia, pero deben obtenerse y utilizarse por cauces lícitos y con respeto a su información personal.
La cuantía por hijo se fija y actualiza normativamente; no es un porcentaje general del salario ni del importe de la pensión. Los atrasos y la fecha de efectos deben estudiarse con la solicitud, la resolución, la eventual denegación y la doctrina aplicable. La sentencia de mayo de 2025 no permite prometer por sí sola un mismo período de atrasos para todos los casos.
Cómo revisar una denegación o una solicitud anterior
Si la denegación se basó en requisitos adicionales exigidos al hombre, la jurisprudencia de 2025 debe incorporarse al análisis. También se comprueba si se discutían otras condiciones, si la resolución sigue siendo impugnable y qué actuaciones se realizaron. Una sentencia firme y una denegación administrativa sin recurso no pueden tratarse como expedientes idénticos ni reabrirse automáticamente con un formulario.
En Alcobendas ordenamos reconocimiento, solicitud y notificaciones para concretar la actuación: primera petición, reclamación previa o vía social. Una consulta o solicitud genérica no conservan necesariamente los plazos ni garantizan idénticos efectos económicos.
Documentación útil para la consulta
- Resolución de la pensión y fecha de efectos
- Certificados de hijos o adopción
- Solicitud y resolución del complemento
- Notificaciones y actuaciones previas
- Datos del otro progenitor relevantes y disponibles lícitamente
Preguntas frecuentes
¿Un hombre debe acreditar que dejó de trabajar para cuidar?
La doctrina del TJUE y del Supremo de 2025 impide exigir a los hombres condiciones adicionales discriminatorias. Deben comprobarse los restantes requisitos del complemento.
¿Pueden cobrarlo padre y madre por los mismos hijos?
No debe asumirse un cobro simultáneo del nuevo complemento. El reconocimiento a un progenitor puede afectar al otro y exige revisar sus reglas de concurrencia.
¿Se aplica el mismo régimen a una pensión de 2018?
No necesariamente. Por su fecha puede corresponder el antiguo complemento de maternidad por aportación demográfica, que tiene requisitos y cálculo diferentes.
Fuentes de consulta
- LGSS: artículo 60 y disposición transitoria 33, con interpretación jurisprudencial
- TJUE: sentencia de 15 de mayo de 2025, C-623/23 y C-626/23
- Tribunal Supremo: doctrina de la STS 639/2025 sobre igualdad de acceso
- Seguridad Social: información actual del complemento para reducir la brecha de género
- Ley reguladora de la jurisdicción social: reclamaciones y prueba